Proteja su centro médico con un delegado de protección de datos certificado y auditoría del ENS

Consultoría especializada en salud

Proteja su centro médico con un delegado de protección de datos certificado y auditoría del ENS

Diseñamos un sistema integral que une defensa jurídica especializada y auditoría técnica de sistemas para clínicas, laboratorios y empresas de tecnología asistencial.

Protección de datos de categoría especial en el sector salud

Los datos sanitarios son la categoría más sensible del RGPD. Su tratamiento exige medidas reforzadas, DPD obligatorio y evaluaciones de impacto previas.

20M€
Multa máxima RGPD
72h
Plazo notificación brecha
15-40
Conservación historias
10 días
Plazo inscripción DPD
Asegure la continuidad de su centro médico con un diagnóstico de riesgo inicial

Diagnóstico inicial

Asegure la continuidad de su centro médico con un diagnóstico de riesgo inicial

Identifique sus vulnerabilidades antes de que lo haga la autoridad supervisora. Auditoría diagnóstica con entrega de informe ejecutivo.

Desglose técnico de soluciones avanzadas en cumplimiento sanitario

Cuatro líneas de servicio integradas para una protección jurídica y técnica completa de su organización sanitaria.

Resumen normativo por línea de servicio

Marco legal y técnico que sustenta cada una de nuestras líneas de consultoría especializada en el sector sanitario.

Delegado de protección de datos

RGPD art. 37-39, LOPDGDD art. 34-37. Designación obligatoria para centros sanitarios, inscripción ante AEPD/APDCAT en 10 días.

Evaluación de impacto (EIPD)

RGPD art. 35, Directrices WP248 del Comité Europeo. Obligatoria para tratamientos de alto riesgo con tecnología asistencial o datos biométricos.

Gobernanza de historias clínicas

Ley 21/2000 CAT, Ley 41/2002 estatal, norma DIN 66399. Plazos de conservación de 15 a 40 años y expurgo certificado.

Adecuación al ENS

Real Decreto 311/2022, CCN-STIC. Requisito de CatSalut y administración pública para licitación y prestación de servicios digitales.

Adaptación de nuestros servicios a su realidad médica

Cada perfil de organización sanitaria tiene retos normativos distintos. Nuestro enfoque se adapta a su casuística específica.

Clínicas privadas y centros de especialidades

Priorizamos que su personal asistencial trabaje sin obstáculos técnicos innecesarios, asegurando la confianza del paciente y evitando que un descuido administrativo derive en sanción.

Laboratorios de diagnóstico y farmacias

La extrema sensibilidad de la información genética y clínica requiere un blindaje superior. Auditamos su infraestructura hasta los estándares indispensables para licitar o integrarse con el sistema público.

Startups Health-Tech

Integramos los principios de privacidad desde el diseño directamente en la arquitectura del código, garantizando que su software sea legalmente sólido desde la primera línea y supere el due diligence de inversores.

Preguntas frecuentes sobre la protección de datos sanitarios

Resolvemos las dudas más habituales de clínicas, laboratorios y empresas health-tech sobre sus obligaciones en materia de protección de datos y ENS.

¿Están obligadas las clínicas privadas a designar un Delegado de Protección de Datos?
Sí. El RGPD y la LOPDGDD establecen que los centros sanitarios que tratan datos de salud a gran escala deben designar un DPD obligatoriamente. La mayoría de clínicas, laboratorios y farmacias quedan incluidos en esta categoría. El incumplimiento puede derivar en sanciones de hasta 20 millones de euros.
¿Qué es el Esquema Nacional de Seguridad (ENS) y por qué afecta a mi laboratorio?
El ENS, regulado por el Real Decreto 311/2022, es el marco de ciberseguridad obligatorio para entidades que prestan servicios a la administración pública española, incluidos CatSalut y el sistema nacional de salud. Sin certificación ENS no es posible participar en licitaciones públicas sanitarias ni integrarse con sistemas de información del sector público.
¿Cuándo es obligatorio realizar una Evaluación de Impacto (EIPD)?
La EIPD es obligatoria siempre que el tratamiento pueda generar un alto riesgo para los derechos y libertades de los pacientes. Esto incluye el uso de telemedicina, diagnóstico asistido por IA, acceso biométrico, apps de monitorización y cualquier tratamiento masivo de datos genéticos o de salud.
¿Cuánto tiempo debo conservar las historias clínicas?
La normativa catalana (Ley 21/2000) y estatal (Ley 41/2002) establecen plazos mínimos de conservación que oscilan entre 15 y 40 años según el tipo de documentación clínica. La destrucción debe realizarse mediante expurgo confidencial certificado bajo la norma DIN 66399 para garantizar la confidencialidad de los datos.
¿Qué plazo tengo para notificar una brecha de seguridad de datos de pacientes?
El RGPD establece un plazo máximo de 72 horas desde que la organización tiene conocimiento de la brecha para notificarla a la autoridad de control competente (AEPD o APDCAT). Si la brecha supone un alto riesgo para los afectados, también deberán ser notificados directamente los pacientes sin dilación indebida.
Proteja la continuidad operativa de su práctica médica

Protección integral

Proteja la continuidad operativa de su práctica médica

Un solo incidente de seguridad puede paralizar su actividad. Solicite hoy su evaluación inicial de riesgos y empiece a operar con plenas garantías legales y técnicas.